Hola buenos dias, esto lo dice todo, asi funcionan las cosas en #Colombia....
Abra este enlace:
http://www.cmi.com.co/corrupcion-en-colombia-episodio-2-corrupcion-en-la-salud
Tomado de: CM& La Noticia.
CONSULTORÍAS ADMINISTRATIVAS EN SALUD
miércoles, 15 de junio de 2016
miércoles, 8 de junio de 2016
MODIFICACIÓN A LA RESOLUCIÓN 2003 DE 2014
El pasado 20 de Abril del
presente año, el Ministerio de Protección Social expidió la Resolución 1416 de
2016 la cual modifica la Resolución 2003 de 2014 adicionando dos criterios a la
autoevaluación de Habilitación.
Dichas adiciones la realiza
en el talento humano, la cual solicita que el personal médico que realice
cuidados paliativos a pacientes crónicos y/o en estado terminal “deberá contar con
certificado de formación para el manejo del dolor y cuidado paliativo, cuando
no sea especialista en dolor y cuidado paliativo”, con la finalidad de brindar
calidad de vida a los pacientes con estas condiciones.
La segunda adición
o modificación se realizó en el criterio de Procesos Prioritario, que
básicamente habla de la adopción de guías de Prácticas Clínicas que en primera
medida serán las del Ministerio de Protección Social o de lo contrario Guías
basadas en la Evidencia Nacional o Internacional.
Lo anterior, ya
que
la “Ley 1733 de 2014, regula los servicios de cuidados paliativos para el
manejo integral de pacientes con enfermedades terminales, crónicas,
degenerativas e irreversibles en cualquier fase de la enfermedad de alto
impacto en la calidad de vida”.
A continuación
podrá descargar las Resoluciones y Ley mencionada, así como la propuesta de la Autoevaluación
con modificaciones propuestas:
Resolucion 1416 de 2016: https://goo.gl/u8sliG
Ley 1733 de 2014: http://goo.gl/SxJ18X
Propueta Autoevaluación: https://goo.gl/zrm2Si
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viernes, 3 de junio de 2016
ENTRADA EN VIGENCIA DE LA RESOLUCIÓN 5596 DE 2015 (TRIAGE)
El próximo 24 de Junio entra en vigencia la Resolución 5596 de 2015, la cual normatiza la atención en el Sistema de Selección y Clasificación de pacientes en los servicios de urgencias "Triage".
En ella se definen los parámetro de atención en dicho servicio y define los tiempos en los cuales se le da solución al motivo de consulta de los pacientes en el servicio de Urgencias de la entidades de Salud.
La Resolución considera "Que en los últimos años, se ha observado que en los servicios de urgencias del país un número importante de usuarios acceden de manera rápida al sistema de salud a través de estos. Igualmente, se presentan caeos en los cuales las consultas realizadas no corresponden a necesidades de urgencia, lo que genera un incremento inusitado de demandas de atención de estos servicios."
Tenga en cuenta, que salvo los triage clasificados como I y II, las instituciones que prestan el servicio en congruencia con las EPS, pueden definir los tiempos de atención de las mismas.
Según la mencionada Resolución, la anterior gráfica puede llegar a ser un ejemplo de atención en el servicio de urgencias de su IPS, donde las clasificaciones I, II, III serán atendidas en el servicio de urgencias, y lo clasificados como IV y V serán atendidos en consulta externa en un lapso de tiempo que no puede ser excesivo.
Es de anotar que la Resolución en ningún momento menciona el servicio de Consulta Externa, pero tenga en cuenta que los tiempos de atención en estas dos últimas clasificaciones serán como pedir una cita médica.
Descargue la Resolución aquí: https://goo.gl/sRxYrd
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jueves, 2 de junio de 2016
BIENVENIDOS A ESTE ESPACIO!!!!
Buenos días, a partir de hoy encontrarás en este espacio información relacionada con la Calidad y habilitación en Salud, y porque no, algo de humor.
Pondremos a tu disposición artículos científicos, legales y de prensa, así como vínculos que te llevan directo a la informacion que tu requieres.
Esperamos tus comentarios, buenos y malos (enmarcados en el respeto) de todas aquellas situaciones que aquí aparezcan, nuestro lenguaje será claro y sencillo.
No se te olvide Compartir y dar Like..... Bienvenid@s!!!!
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